Ignorantia juris non excusat o “la ignorancia no exime del cumplimiento de la ley, es un principio del Derecho que indica que el desconocimiento o la inconciencia de la ley no sirve de excusa para no cumplirla. Esto principio aplica para todos: Automovilistas, motociclistas, peatones y ciclistas.
El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de agosto de 2015, incluye un capítulo dedicado a la circulación de vehículos no motorizados. Un apartado que otorga derechos, pero también obligaciones a las personas que decidan desplazarse caminando, en patines o en bicicleta por la capital y área metropolitana.
Sin embargo, algunos ciclistas no conocen o ignoran a voluntad estas normas, poniendo en riesgo su integridad física y la de los demás.
Esto es lo que el reglamento de Transito de la CDMX les prohibe a los ciclistas:
Circular sobre banquetas, aceras y espacios exclusivos para peatones a menos que se desmonten de la bicicleta. (Con excepción de policías y niños menores de 12 años).
- Estacionarse y/o detenerse sobre las cebras peatonales.
- Circular por carriles centrales de vías de acceso controlado (Circuito Bicentenario, Insurgentes Norte, Ignacio Zaragoza, Calzada de Tlalpan, Avenida Constituyentes, Rio San Joaquín y Ejercito Nacional, Viaducto Miguel Alemán, Circuito interior y Anillo periférico).
- Sujetarse a otros vehículos en movimiento.
- Circular en los carriles exclusivos para transporte público (excepto si hay señalamientos que lo permitan como los carriles de Trole-bici).
- Entorpecer la marcha de columnas militares, escolares, desfiles cívicos y similares.
- Rebasar a otros vehículos cuando éstos se detengan para ceder el paso a los peatones.
- Circular por los carriles centrales o interiores de las vías de acceso controlado y donde así lo indique el señalamiento restrictivo, excepto cuando sea autorizado por la Secretaría y Seguridad Pública, quienes de terminarán las condiciones y los horarios permitidos.
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