Sígueme en Blogger Sígueme en Facebook Sígueme en Instagram Sígueme en Twitter Sígueme en Youtube Sígueme en Telegram Sígueme en Tik Tok

Estos son tus derechos como pasajero



PROFECO INFORMA SOBRE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES VIAJEROS DURANTE LAS VACACIONES DE FIN DE AÑO

Todo viajero cuenta con una serie de derechos que deben respetar las aerolíneas y empresas de transporte terrestre en todo momento.

Profeco recomienda a los consumidores conocer las condiciones de la contratación del servicio de transportación y el comportamiento comercial de los proveedores.

Se instalaron módulos en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México y en las Centrales Camioneras: Oriente, Poniente, Sur y Norte.

México, D. F., a 20 de diciembre de 2011.- En el marco del periodo de vacaciones de fin de año, la Procuraduría Federal del Consumidor se declara lista para apoyar a todos aquellos consumidores que hayan adquirido boletos de avión o autobús y presenta un decálogo con el cual podrán conocer y exigir con mayor fuerza el cumplimiento de sus derechos como consumidores.

En este tenor, la Profeco recomienda a los vacacionistas que antes de viajar conozcan las condiciones de contratación de paquetes de transportación que les ofrecen y consultar el Buró Comercial (burocomercial.profeco.gob.mx) para conocer el comportamiento de las diferentes empresas y el porcentaje de conciliación que tienen los proveedores de dichos servicios.

La Profeco les recuerda que al viajar en avión, los usuarios tienen derecho a:

Contar con un seguro que cubra daños a pasajeros, equipaje y a terceros, contratado por la aerolínea.

Llevar consigo hasta dos piezas de equipaje de mano a bordo.

Indemnización con 40 salarios mínimos vigentes en el Distrito Federal en caso de destrucción, pérdida o daño a su equipaje de mano; y con 75 salarios mínimos, en el caso de equipaje documentado.

Viajar con un infante menor de dos años a su cuidado sin pagar tarifa de ninguna clase, pero éste no tendrá derecho a asiento.

Si se sobrevende o cancela el vuelo, tienen tres opciones para elegir:


1)Transporte en el primer vuelo disponible, comunicación telefónica al lugar de destino, alimentos y, de ser necesario, hospedaje. Todo sin cargo extra.

2)Transporte para una fecha posterior.

3)Reembolso total del precio del boleto.

En las dos últimas opciones, la línea aérea debe indemnizarlos mínimo con el 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.

Si por un contratiempo se aterriza en otro lugar no previsto en el itinerario, la línea aérea está obligada a llevarlos hasta su destino.

En términos de las disposiciones legales vigentes, los consumidores podrán solicitar a las aerolíneas toda la información que requieran sobre el servicio que ofrecen.

Podrán exigir las indemnizaciones a que tienen derecho en caso de algún incumplimiento.

En el caso de las aerolíneas, entre las obligaciones que tienen está la de contratar y tener vigente un seguro de daños hacia pasajeros y equipaje.

Las aerolíneas deberán responsabilizarse de los menores de edad que viajen solos y brindar atención especial a personas con discapacidad, mujeres embarazadas y personas de la tercera edad.

Por lo que toca a las empresas de servicios terrestres, algunos de los derechos que los consumidores tienen al utilizar el servicio de autotransporte federal de pasajeros son:


Recibir del proveedor, una vez efectuada la compra, un boleto que contenga razón social, clase de servicio, origen, destino, precio, fecha de viaje y número de asiento.

Recibir el servicio que ofrece el boleto, de acuerdo a la clase que se haya comprado.

Que se respete el precio de los boletos adquiridos con anterioridad a la fecha del viaje.

Que los horarios se cumplan estrictamente, aun cuando no haya suficiente pasaje, salvo caso fortuito o de fuerza mayor.

Recibir el reembolso del importe de su boleto por un retraso que sea mayor a dos horas en el origen del recorrido.

Recibir un comprobante que ampare su equipaje.

Solicitar toda la información que requieran sobre el servicio y exigir indemnizaciones a que tienen derecho en caso de algún incumplimiento.


Asimismo, las empresas de autotransporte federal de pasajeros están obligadas a:


Contar con un seguro que cubra los daños que puedan sufrir los pasajeros, el cual debe amparar gastos médicos y la indemnización por muerte en caso de accidentes.

Responder por la pérdida o daños que sufra el equipaje de los pasajeros, desde que abordan hasta que descienden del vehículo, siempre y cuando estos conserven su boleto y/o comprobante del equipaje.

Ofrecer descuentos del 50% a adultos mayores. Además, durante las temporadas de vacaciones aprobadas por la Secretaría de Educación Pública, 25% a 2 maestros y 50% a 8 estudiantes, por autobús, sobre las tarifas de las corridas regulares de primera y económico.


La Profeco recuerda a los usuarios que se podrá prohibir el abordaje a cualquier pasajero que se encuentre en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas o enervantes; o que porte explosivos, sustancias peligrosas, armas sin el permiso respectivo y, en general, cualquier otro elemento que constituya un riesgo para los demás viajeros.

Para garantizar el respeto a los derechos de los consumidores, desde el 17 de diciembre 2011 y hasta el 2 de enero de 2012, la Profeco instaló cinco módulos en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) y uno en cada una de las centrales camioneras del Distrito Federal: oriente, poniente, sur y norte.

Dentro del Aeropuerto capitalino, operan tres módulos que se ubican en la Terminal 1 (en las salas B, Bravo e Internacional) y dos más en la Terminal 2 (salas L y K), los cuales tienen un horario de atención de las 07:00 a las 21:00 horas, de lunes a domingo, suspendiéndose el servicio el día 25 de diciembre.

Por lo que respecta a las centrales camioneras, en todas ellas se instaló un módulo de atención frente a los mostradores de las compañías de autotransporte para pasajeros y su horario de atención es de las 10:00 a las 18:00 horas, de lunes a domingo, suspendiéndose el servicio el día 25 de diciembre.

En el interior de la República, se instalaron módulos de atención en los aeropuertos de Tijuana, Baja California; La Paz, Baja California Sur; Chihuahua, Chihuahua; Durango, Durango; Acapulco, Guerrero; Mariano Escobedo, Nuevo León; Cancún, Quintana Roo; Toluca, Estado de México; y Mérida, Yucatán.

De la misma manera, habrá módulos en las centrales camioneras ubicadas en las ciudades de Tijuana, La Paz, Ciudad Juárez, Chihuahua, Ciudad Obregón, Saltillo, Durango, Mexicali, Morelia, Cuernavaca, Nayarit, Querétaro, San Luis Potosí, Hermosillo, Villahermosa, Tapachula, Torreón, Veracruz, y Zacatecas.

Como parte de los apoyos para los turistas que visitan diferentes puntos del país y para agilizar la atención de los consumidores, la Profeco pone a disposición el Teléfono del Consumidor, 5568 8722 en el Distrito Federal y Área Metropolitana de la Ciudad de México, o bien 01800 468 8722, de larga distancia sin costo en el resto de la República, en un horario de 09:00 a 19:00 horas de lunes a viernes y de 10:00 a 18:00 horas sábados y domingos, suspendiéndose el servicio el 25 de diciembre.

De la misma manera, están el correo electrónico turista@profeco.gob.mx, la página electrónica www.profeco.gob.mx, así como en las de las redes sociales de Facebook, http://www.facebook.com/consumidorinteligente, y de Twitter, @profeco, para denunciar en cualquier momento las prácticas abusivas llevadas a cabo por parte de los proveedores.
Sígueme en Blogger Sígueme en Facebook Sígueme en Instagram Sígueme en Twitter Sígueme en Youtube